sábado, 18 de diciembre de 2010

Macarrones angustiosamente Campestres (tía angustias)

Hoy vamos a preparar unos simples macarrones, pero de una manera un tanto especial acorde con los meses que estamos. Esta receta a la par que sencilla si no eres un gran cocinero/a conseguirá que quedes bien ante tus amigos o amigas. O bien sorprender a esa chica o chico que quieres sorprender. Ahora bien para esto último asegúrate que le gustan las setas o que no las tiene alergia. Bien Manos a la obra…..

Cumplimos Un Año...Gracias!!!!!! Gracias!!!!!!



Ups, no me había dado cuenta.. como pasa el tiempo. Hace tan solo doce meses que decidí abrir este blog y no puedo más que mirar atrás  y pensar “buuffff la gente no me leerá fijo…” bueno reconozco que me equivoqué. Más de 3000 personas han pasado por este nuestro blog. Y digo Nuestro porque lo considero así. Si no hubiese sido por la idea de la gente y la insistencia de mis amigos en que lo hiciese, jamás lo hubiese realizado. Por todo os doy las gracias a todos  por todo.  Espero poder seguir publicando con espacios más cortos entre entrada y entrada en el blog.  Aprovecho ya para también felicitaros las fiestas a todos y  desearos unas FELICES FIESTAS Y UN PROSPERO AÑO, a todos.  

miércoles, 10 de noviembre de 2010

Y como pegan las olas del mar.

Este video está convertido a formato movil para poder subirlo. Es para que veaís un pequeño ejemplo de lo que se pudo ver ayer en Santander con el temporal. La verdad era para pensarse dos veces eso de tomarse un bañito. En las partes que no se oye nada es por saturación del microfono. Así de paso veo como se pueden subir vídeos.

sábado, 6 de noviembre de 2010

La Sopita de la Angustias

Esta primera receta realmete es muy muy barata y la verdad que es para darle un pequeño toque distinto a una simple sopita de sobre de verduras. Para realizar la receta necesitaremos:

- Un Sobre de sopa de cualquier marca (de las que llevan conchitas de pasta).
- Un Brick pequeño de tomate frito. O 2 (depende del gusto)
- Una pastilla de doble caldo de verduras.
- Un puñadito de fideos.

miércoles, 3 de noviembre de 2010

Posible engaño a la gente.

Según sale públicado en el blog amigo de Bomberos de santander. Hay un grupo de "personas amigas de vaciar nuestras carteras" por una buena causa, la de hacerles más ricos a ellos. Por lo que comentan hay alguien que está pidiendo ayuda para los damnificados de Haiti en nombre de los bomberos de santander.Ellos comunican lo siguiente y pongo directamente el texto que aparece en su blog. de manera literal "Se ha detectado que alguna persona ha ido solicitando dinero a favor de los damnificados de Haití en nombre de Bomberos Municipales de Santander.

Con este comunicado:
Se desmiente tajantemente que dicha iniciativa esté organizada, dirigida o coordinada desde este Servicio Municipal.

Debe considerarse una acción fraudulenta de quienes la soliciten, que serán responsables ante los Tribunales de Justicia
."

domingo, 31 de octubre de 2010

Noticias Varias de ámbito Laboral


A  continuación voy a realizar una serie de aportaciones en forma de pequeñas noticias breves que me han llamado la atención acerca del ámbito laboral.

Sentencia del tribunal superior de justicia de la Comunidad Valenciana 2134/2010 del seis de julio.

 El tribunal superior de justicia de Valencia ha rechazado que una empleada que demandó a su empresa por acoso sin presentar ningún indicio de que se hubieran vulnerado sus derechos,pueda verse después protegida por la garantía de indemnidad. El juzgado que conoció de esta primera demanda no sólo la desestimó sino que sancionó a la demandante por presentarla con notoria temeridad fundamentó en el que se basa ahora el tribunal superior para rechazar la nulidad del despido que ejerció la empresa con motivo de las acciones judiciales que se tomaron contra ella tal y como establece su primera causa del despido ya que la ley no ampara el abuso del derecho o el ejercicio antisocial del mismo. Y la temeridad en una pretensión es un claro ejemplo de abuso por ello el despido no constituye una represalia sino que está basado en el deterioro de las relaciones. Por lo tanto hay que tener cuidado a la hora de realizar las denuncias, hay que tenerlo muy claro y logicametne tener suficientes pruebas o indicios del elemento a denunciar.


A continuación voy a poner una serie una noticia que aun siendo de ambito sanitario y estar dentro de la prevención de riesgo laborales está en parte también cercana al ámbito laboral. la  noticia es acerca sobre la sentencia debido a que es pionera y  pensé  que sería interesante: La sentencia es del juzgado de primera instancia de Madrid el 5 de julio del 2010. En una sentencia pionera un juzgado a condenado a una fábrica de tratamiento de amianto a indemnizar a más de 50 vecinos y familiares de trabajadores por las enfermedades respiratorias que sufren a causa de la intoxicación que sufrieron. Durante años, los demandantes estuvieron expuestos al amianto a través de emisiones de polvo, de los vertidos practicados en zonas no preparadas para ello, el esparcimiento del tóxico por las calles en sustitución del asfalto y también, a través de actividades cotidianas como lavar la ropa de los trabajadores. El juez ha estimado que durante todo este tiempo la fábrica conocía la peligrosidad de la sustancia que trataba y no tomó las precauciones necesarias, por lo que deberá indemnizar a los demandantes no sólo por el daño fisico causado, sino también por el moral, derivado de los daños psicológicos y las alteraciones que  estan sufriendo en su vida diaria.Dicha indemnización será de unos 4 millones € aproximadamente.

Y por último voy a poner una novedad legislativa en la cual vamos a comentar sobre el sistema específico de protección por cese de actividad de los trabajadores autonomos. Hablamos de la ley 32/2010, de 5 de agosto publicada el 6 de agosto.  Miramos en el artículo 41 la constitución española en la encomienda a los poderes públicos  el mantenimiento público por consenso social para con los ciudadanos, donde se garantice la asistencia y prestaciones urgentes ante situaciones de necesidad. Aparte en la famosa ley 20/2007, de 11 de julio, del estatuto del trabajador autónomo, que supuso un antes y un después en el ámbito de la regulación de derechos individuales y colectivos de sus trabajadores, queda fijado el marco jurídico propicio para lograr la protección social del trabajo autónomo demandado por constitución. Sin embargo, esta norma requiere un desarrollo legal y un reglamentario para lograr la equidad con el nivel de protección dispensado al trabajador por cuenta ajena, y en particular, en la protección porque simple. En este sentido, la ley 32/2010, cuya entrada en vigor se prevé para este mes de noviembre, tiene por objeto regular el sistema específico de protección para los trabajadores autónomos que, pudiendo y queriendo ejercer una actividad económico profesional a título lucrativo e incluidos los que en los niveles de protección recogidos en esta norma, hubiera cesado su actividad conforme a la misma. De su texto que contempla el derecho a esta protección tanto por los trabajadores autónomos que cesen su actividad de manera involuntaria y que obligatoriamente coticen por accidente de trabajo y enfermeras profesionales, como para los que voluntariamente opten por hacerlo, destaca que establece la duración de la protección en función de los periodos de cotización efectuados dentro de los 48 meses anteriores a la situación legal de cese de actividad, de los que al menos 12 deben ser continuados e inmediatamente anteriores a dicha situación de cese. Además, en el caso de trabajadores autónomos que esten entre los 60 años de edad y la edad en la que se puede causar el derecho a la pensión de jubilación, se les incrementará la duración de la prestación con un mínimo de dos meses y máximo de 12. En cuanto a la contraprestación será del 70% de la base por la que el trabajo por el que se venia cotizando durante los 12 meses anteriores. Es decir, sobre la base mínima del regímen de trabajadores autónomos de 841,80€/mes(70% de esta base) para el año 2010, la prestación alcanzaría los 581,26 seguros y la prestación masima puede llegar a ser de unos  1327,84 € en el caso de tener 2 o más hijos.

sábado, 18 de septiembre de 2010

Reforma Laboral (Parte I)

Lo prometido es deuda,  Comenzamos con algunos de los cambios de la reforma laboral.  Debido a que es un tema muy largo lo voy a ir poniendo en dosis o partes para que  no se haga pesado el tema….
Tal y como ya sabéis el pasado día 16 de junio quedo aprobado en el consejo de ministros el Real Decreto-Ley de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo con el fin de reducir el desempleo. Supuestamente(digo esto por que todavía me quedan serias dudas que dicha reforma sea efectiva),  esta reforma tiene como principales objetivos:

miércoles, 18 de agosto de 2010

Nos vamos de vacaciones

Lo siento chicos y chicas pero entre disfrutar un poco de las vacaciones y estudiar para los exámenes apenas tengo tiempo de escribir, así que hasta que acabe los exámenes que será en la primera semana de Septiembre apenas puedo publicar. Un saludo a todos y perdón por las molestias ocasionadas.



CHIPI

martes, 13 de julio de 2010

Y yo ví a la Selección Española Ganar un Mundial...y no era un sueño


Lo ví y creí que lo estaba soñando... pero era cierto...después de todos los golpes que sufrieron los chicos de "La roja".... tantas ilusiones rotas en cuartos de final o por injusticias de los arbitrajes... por fin llegó el momento de tratar a los más grandes de Tú a Tú. Y Decir "La Furia Española arrasó!!!!". Bueno creo que todos estamos contentos por este momento y espero que nos den muchos más a partir de ahora. Y si no es así , por lo menos podremos decir... "YO VI GANAR A ESPAÑA UN MUNDIAL".

viernes, 9 de julio de 2010

Virus que te hablan....

Bueno llega el verano, el calor, las vacaciones(para algunos), y como no la proliferación de virus como las setas. Me gustaría hablaros hoy un poco acerca de los virus. Para comenzar me gustaría fijarme en un tipo de virus que le encanta chatear. Si lo habéis oído bien le encanta chatear. Pero bueno metámonos en faena. Hoy en día todos usamos a bien el Messenger, o Yahoo. Pues los virus también.  Son normalmente Bots(Robots) conversacionales. Realmente son programas informáticos capaces de establecer una conversación a través de los sistemas de mensajería instantánea, con el objetivo de conseguir información confidencial, enviar publicidad no deseada o instalar programas de malware.
Por ello algunos virus o más comúnmente gusanos pueden comportarse como un bot conversacional utilizando las cuentas que secuestran de un equipo infectado. Son especialmente peligrosos porque los usuarios que reciben sus mensajes pueden caer en el error de creer que son realmente las personas que ellos conocen. Para evitar caer en ellos hay unos pasos que suelen ser recomendables seguir:
  • El más lógico es el limitar el que todo el mundo tenga tu correo electrónico.  Dicho de otra manera que no lo tengas en 400.000 sitios.
  • Evitar o mejor dicho desconfiar y eliminar los contactos e invitaciones cuya conversación no sea coherente o esté encaminada a un tema concreto, o en un idioma que desconozcas.
  • Por último desconfiar de todos los archivos o enlaces que provengan de amigos que no se hayan solicitado. Si aún así eres de esos valientes que se arriesgan pues ten a mano un buen antivirus para analizar el fichero descargado y/o bien un programa para analizar las URL o direcciones de internet que te hayan solicitado.

De todas maneras si queréis saber más acerca de los Bots conversacionales a continuación os pongo un video que encontré en la red que habla sobre ellos.

http://www.youtube.com/watch?v=4W2HeV9wAIk

sábado, 12 de junio de 2010

A vueltas con la Reforma laboral

Después de unas maratonianas reuniones entre sindicatos y la patronal, hasta altas horas de la mañana y como es lógico sin acuerdo alguno. El gobierno decide que se harán las reformas les guste o no a los sindicatos Aparte esta será aprobada el día 16 de junio. Según palabras de zapatero pronunciadas en Roma esta semana "La reforma lleva esperando dos décadas". Y pretendía que en 48 horas una reforma, que según se nos intenta vender era altamente necesarias, sea aprobada por los sindicatos cuando ya se ha visto todo lo que se han movido estos durante estos años (El caballo del malo de las películas del oeste corría más que estos). Aparte hay que comentar que encima Zapatero defendió  que el sistema laboral que tenemos actualmente es el culpable de que en España se dispare la tasa de desempleados cada vez que hay una crisis(Que curioso que cuando las hubo estaban los de su mismo partido gobernando, ufff que mala suerte tienen). Indicó también que "Tenemos un modelo laboral y económico que cuando hay una crisis produce altísimo paro y demasiada temporalidad y precariedad...Por ello hay que hacerle frente a esto con decisión"(Con talante desde luego que no va ha ser), añadiendo además que  la una reforma no va a ser  "para dos años, ni siquiera para seis u ocho, sino muchos más". La verdad tras escuchar estas palabras me recorrió un escalofrío por toda la columna. Todo hay que decirlo el jueves pasado me descargue el borrador de la reforma y solo viendo un rápido vistazo me acordé de lo que me dijo una buena Graduada social "Para nuestra desgracia en épocas de crisis siempre se acaban recortando los derechos sociales de los trabajadores". Ni que decir que me he puesto a leerme las 41 páginas que tiene el borrador, en breve intentaré hacer un resumen. Pero mientras tanto para el que se aburra o tenga curiosidad puede descargarlo pulsando aquí (Enlace directo con la base de datos del Ministerio de Trabajo e inmigración).

martes, 1 de junio de 2010

Nueva versión de Ubuntu linux 1.04 lts "Lucid Lynx"


Bueno reconozco que es un sistema que tiene muchas ventajas entre ellas que es un sistema muy muy muy uuufff pero que muy caro, El precio es de 0 euros, y no los baratiiiisimos 199 a 300 euros de otros sistemas operativos. Al principio si sobre todo nunca has usado Linux puede resultar algo incomodo acostumbrarte, pero en muy poco tiempo esa incomodidad pasa al olvido. Aparte si solo queréis probarlo por miedo a meter la pata, una vez quemada vuestro CD de Linux podéis arrancar desde el sin necesidad de instalar el sistema (lo que se llama un Live CD). La distribución que yo uso comúnmente porque me resulta muy cómoda, ojo que hay muchas otras pero yo os pongo en este enlace de la que yo suelo usar. Y se llama “Ubuntu”. Aparte acaban de lanzar al mercado una nueva distribución que se llama Lucid Lynx. A continuación os dejaré unos enlaces por si deseáis descargar el sistema para probarlo, aparte de una notas de publicación. Todo ello lo podéis encontrar en la página oficial de esta distribución que es www.ubuntu-es.org  Por cierto esta versión de Ubuntu es del tipo LTS os explico brevemente que son esas siglas, que narices es una versión de larga duración, son versiones muy compatibles con la gran mayoría de los componentes. Por favor mirad antes de hacer la instalación final del sistema si vuestros componentes son o no compatibles. Si usáis la modalidad de LIveCD no os hará falta mirarlo puesto que si no funciona, no funciona. Jejejejej..

Descarga:
http://www.ubuntu.com/desktop/get-ubuntu/download  Está en inglés la página pero solo tenéis que pulsar donde pone “Star Download”


 

Y me han despedido ahora que hago…..

       Este tema siempre es muy delicado por lo que conlleva. Ya sabemos que a nadie le gusta que le despidan del trabajo, pero bueno siempre hay alguien raro que seguro que le encanta ese tema; Ya sabemos que hay gente para todo… Para ese pequeño sector que le encanta y que seguro tiene muchas tablas con los despidos pues nada que dejen de leer esta entrada. Por el contrario si te sientes perdido ante esta situación indico algunas cosillas, muy resumidas de que hacer en estos casos en los que bueno espero nunca os tengáis que ver:
Bueno el caso es que Federico Pérez (nombre inventado cualquier coincidencia con la realidad es pura coincidencia) conocido por sus compañeros por “Fredini” ha sido despedido por su empresa por que últimamente pues no les gustaba mucho como trabajaba y ante la situación de crisis la empresa S.A en la que trabajaba ha decidido prescindir de sus no tan preciados servicios. ¿Y ahora qué?:

 La empresa está obligada a entregar una “carta de despido”(Te pueden despedir de viva voz pero aún así te tienen que entregar por escrito la comunicación), en la que tiene que venir el motivo y fecha de efectos. Como es lógico “Fredini” no está de acuerdo con ese despido. Le dan la liquidación y le pagan hasta las vacaciones no disfrutadas (Hay que indicar que la empresa está en la obligación de abonar al trabajador dichas vacaciones o hacer que las disfrute antes de la fecha de  comienzo del paso a la situación de desempleo).
Fredini quiere impugnar dicho despido así que deberá hacer lo que viene a continuación:

Impugnación: Se tiene un plazo de 20 días hábiles para reclamar(si no se quiere reclamar Fredini podrá solicitar sin más el desempleo siempre que la causa este dentro de uno de las causas tipificadas para poder solicitar el desempleo).
Lo siguiente será ir al O.R.E.C.L.A: En donde se realizará una demanda de conciliación. Si estamos de acuerdo con este trámite y llegamos a un acuerdo, pasamos a la solicitud del desempleo. Si no se está de acuerdo pues pasamos al siguiente paso que nos lleva a los juzgados.
Juzgado de lo social: Aquí previo al juicio se hace un acto de conciliación. Si se llega a un acuerdo pues al desempleo. Que no se llega a un acuerdo continuamos con el siguiente paso que es el juicio y del cual saldrá una sentencia.
Sentencia: Esta indicará cual es la calificación del despido:

   ->   Procedente: No indemnización, no hay salarios de tramitación resultado el desempleo.
  -> Improcedente: La empresa puede elegir entre la Readmisión con lo que Fredini tendrá que reincorporarse al puesto de trabajo y la empresa le pagará los salarios hasta esa fecha que no hubiese cobrado. La No readmisión: Fredini recibirá una indemnización, y los salarios de tramitación con el resultado el desempleo.

 -> Nulo: Fredini vuelve a su puesto de trabajo y recibe los salarios.

Fijémonos en los casos anteriores al la nulidad de desempleo. Se puede ir solicitando la prestación, y si Fredini le indican que tiene que volver al trabajo deberá devolver el dinero que ya ha cobrado del desempleo. Como es lógico Fredini se negará porque ese dinero lo necesitaba para vivir y dar de comer a sus hijos al perro y al gato. ¿Que  ocurrirá?... Pues que del dinero que la empresa debía abonarle en concepto de salario pendiente, se descontará la parte que ya ha recibido Fredini por el desempleo y esa parte que le quita la empresa se usará para reponer al estado la cuantía de desempleo que ya le ha pagado a Fredini.

Pero ojo que no todo acaba aquí. La empresa o el trabajador después de todo pueden no estar de acuerdo con la sentencia y podrán realizar un recurso de suplicación: Según no s indica el articulo 111 LPL acerca de la situación de desempleo y por lo que deberemos esperar la sentencia. En el caso que la sentencia al final diga que Fredini debe reincorporarse a su puesto de trabajo, Si o Si deberá devolver las prestaciones recibidas.

Unos apuntes: Siempre que la opción entre readmisión o indemnización corresponda al empresario, una vez emitida la carta de despido, puede:
1.Reconocer la improcedencia del despido desde la fecha del despido a la fecha de conciliación
2.Depósito de la indemnización en el juzgado, junto con los salarios de trámite desde el despido hasta la fecha del depósito. No los salarios si el depósito de indemnización se deposita en las 48 horas siguientes desde el despido.

Bueno Ya sé que es algo escueto pero son las ideas principales que hay que tener en cuenta desde que  al pobre Fredini la empresa le entregó su carta de despido hasta que solicita el desempleo o vuelve al trabajo. Espero que os sirva de algo. Y espero que nunca tengáis que usar estos consejos.


jueves, 27 de mayo de 2010

Al final no era una pesadilla…

   Bien como indicaba en la entrada anterior donde realizaba un comentario personal sobre las “medidas para reducir el déficit” que han cocido las cabezas pensantes que gobiernan el país, e indicaba que podía ser un susto. Pues la verdad, esperaba, deseaba que fuese uno de los típicos “globos sonda” a los que nos tienen acostumbrados para ver cómo reacciona el pueblo. Y la pesadilla al final se hizo realidad a continuación cito lo que se ha aprobado por un solo voto de diferencia (hay que tocarse las narices, parece que es de ciencia ficción), Y las medidas que nos afectan al entorno laboral son las siguientes:

Reducción de un 5 por 100 de los salarios públicos

   Se establece una reducción media del 5 % en términos anuales de los salarios de los funcionarios(empleados públicos), que se aplicará de manera progresiva para según se supone minimizar así sus efectos sobre los salarios más bajos. Los porcentajes  oscilarán entre el 0,56 %  y el 7 % en función del nivel de ingresos del grupo profesional. Esta medida  afectará al personal de todas las Administraciones Públicas y se aplicará tanto sobre las retribuciones básicas, como sobre los complementos.  Los altos cargos también  verán reducidos sus salarios entre un 8 % y un 15 %. Esta reducción se hará efectiva en las nóminas a partir del mes de junio (anda que no han corrido), y los salarios quedarán congelados para todo el año 2011.
 Según indican el ahorro que supone esta medida  se valora  en unos 535 millones de euros para lo que resta del  2010 y en unos 1.035 millones para el  2011 solo para la administración General del Estado debido a que para las Administraciones Territoriales se supone  un ahorro de 1.765 millones de euros para este año y 3.465 millones de euros, el 2011. Para el que piense todavía en pesetas pues son unas cuantas y muy juntas.

Suspensión de la revalorización de las pensiones en 2011

    Aquí es cuándo nos dejan como un cubito de hielo, congelados. Digo esto puesto que, queda suspendida “excepcionalmente”  la revalorización de las pensiones(art.48 LGSS)  durante todo el  año 2011, con la excepción de las prestaciones no contributivas (es decir las más bajas), las que son  contributivas que reciben complementos de mínimos y las del antiguo régimen del SOVI que no concurran con otras.  Como es lógico en 2010, las pensiones mantendrán su poder adquisitivo (dado que estas ya estaban aprobadas), y  su revalorización en los términos que estableció la ley en el caso de que el Índice de Precios al Consumo de noviembre supere la subida prevista del 1 %. Se supone que esta  medida aportará 1.400 millones de euros al ajuste en el régimen de Seguridad Social y otros 130 millones en el de Clases Pasivas del Estado(siempre según lo que indican ellos).

Suspensión del régimen transitorio de la jubilación parcial

    El texto aprobado hoy nos hace saber que se ha derogado el periodo de transición que se había planteado.  Por lo que  adelantan, con efectos a partir del próximo 1 de junio de 2010, la eliminación de este  régimen transitorio de jubilación parcial previsto en la Ley de Medidas en Materia de Seguridad Social. Todo  estaba programado para el 1 de enero de 2013 y preveía unos requisitos menores en el acceso a la jubilación parcial hasta esa fecha. Así que ahora, para acceder a la jubilación parcial habrá que tener un mínimo de 61 años, haber cotizado un mínimo de 30 y haber trabajado un mínimo de 6 años en la última empresa.

Eliminación del “ cheque-bebé ”

     Y como no,  a partir del 1 de enero de 2011 desaparece  la deducción de 2.500 euros por nacimiento y adopción en el IRPF, también conocida como “cheque-bebé”, así como la prestación económica de pago único de la Seguridad Social por nacimiento y adopción que se estableció simultáneamente.


    Como podeís observar estas son algunas(de la lista que ponen) de las medidas que nos afectan, en mayor o meno medida, seguro que se me queda alguna más en el tintero, ya lo miraré en cuanto este publicado el Real Decreto Ley....

miércoles, 26 de mayo de 2010

Ya tenemos foro....

Bueno amigos y amigas. Os comunico que el foro ya está abierto. El registro de momento esta abierto a todo el mundo. Así que a disfrutar.

 Ups!!! se me olvidaba el primer tema para opinar en el foro es cual de las 2 imagenes de cabecera os gusta más para que sea el icono de la página. Un saludo a todos y en breve habrá nuevo tema. (después de los exámenes)

viernes, 14 de mayo de 2010

Y otra vez nos los ponen de corbata.. ¿Donde iremos a parar????

Bueno  hoy no voy a poner un tema concreto, si no que  lo que voy a exponer es algo que comentado con expertos que trabajan en la materia me hizo pensar. Como siempre indicar que es tan solo una opinión. Y que esta puede gustar o no. Yo lo que digo es que cada cual saque sus pequeñas conclusiones. Llevo toda la semana escuchando a la gente quejarse sobre que le congelan la pensión, bueno realmente la palabra concreta que voy a usar es la de “No revalorización de las pensiones contributivas”.  Y el que ha mucha gente ha pasado algo desapercibido pero que la orden ya está en vigor y es la supresión del llamado “cheque bebe”. Pero no adelantemos  todavía nada. Vamos a explicar primero bajo este pequeño inciso la diferencia entre contributivo y asistencial. Me veo en esta pequeña obligación debido a que el no saber que es cada cual puede llevar a confusiones. Sobre todo porque las pensiones asistenciales no se van a tocar. Eso sí como siempre lo explicare con palabras de andar por casa para que sea entendido por la gran mayoría. Bueno al grano …. Prestaciones o pensiones contributivas son aquellas que se otorgan al trabajador por haber cotizado a la seguridad social (hablando en plata, vamos que haya o esté trabajando). Y las asistenciales son las que se otorgan cuando la persona no ha podido trabajar y por ende cotizar a la seguridad social o bien esta cotización no es suficiente para que le otorguen una prestación o pensión.  Bien así que tenemos: Contributiva = trabajador que  cotiza a la seguridad social .  Asistencial= anda que no llego me puedes ayudar que no consigo trabajo ni haciendo el pino con las orejas y no puedo cotizar.
Siguiendo con lo que yo quería comentar  me sorprende mucho que las medidas que se han tomado y son unas cuantas para bajar ese “déficit” que tiene el país algunas  de esas medidas no me quedan del todo claras que sea el estado el que pueda manejar tan directamente. Todo hay que decirlo que nos afectan directamente a muchos españoles… Empecemos que no quieren el año que viene revalorizar las pensiones que no sean las asistenciales (la prestación o pensión de viudedad y las pensiones mínimas). Haber señores ese dinero no sale de los presupuestos generales del estado si no de las arcas de la seguridad social directamente, o sea que es un dinero que está saliendo de un cajón que no es el general sino que es aparte y esto  nos ayude a rebajar el déficit seriamente tengo mis dudas. Aparte que lo estamos pagando ahora mismo los trabajadores con nuestras cotizaciones. Me sorprende que las altas instancias (al menos a la hora de hacer esta entrada) de la seguridad social no hayan abierto la boca para indicar al gobierno en ciernes que eso no ayudará a reducir ese gasto más bien hará que los únicos, aparte de los funcionarios (de los cuales hablaré luego) que tienen su dinero fijo todos los  meses, y que son  una gran legión, y me refiero a los jubilados se retraigan a la hora del gasto. Eso tendrá un gran perjuicio sobre la ya maltrecha economía española.  Pensemos que muchas familias ahora sin trabajo (4 millones), sobreviven gracias a las ayudas que les pueden dar sus padres jubilados o algún abuelo que con gran esfuerzo.  Pues si les quitamos estas pequeñas subidas en la pensión, el gasto se va a retrotraer y mucho.  Lo pienso y la verdad me recorre un escalofrió por la espalda. Espero que se dé cuenta el gobierno de lo que están haciendo, y recemos para que esta medida sea un globo sonda a las que ya nos tiene acostumbrados el gobierno y que le debe molar ponérnoslos por corbata. Otra de las medidas que nos afectan directamente como bien cité anteriormente está en la jubilación parcial, se había creado una hoja de ruta para que los requisitos que se exigían para la misma fuesen poco a poco incorporándose. Bien me explico la jubilación parcial,  es hablando de manera sencilla el trabajador que llegaba a los 60 años y podía jubilarse parcialmente. O lo que es lo mismo imaginaros en vez de trabajar a jornada completa solo trabajar a media jornada  y cobrar como si fuese una jornada completa de 8 horas parte lo pagaba la empresa y parte de su jubilación hasta completarlo.  El trabajador se jubila parcialmente y la otra mitad de la jornada la deja para que un nuevo trabajador la rellene y así incrementar un poco los puestos de trabajo. No me voy a meter a explicar en profundidad este tipo de jubilación que es algo pendiente para más adelante. Pero os comentaré para que entendáis que se ha hecho, bien para poder acceder a este tipo de jubilación había que tener mínimo 60 años y al menos tener cotizados 15 años de trabajo efectivo. Bien la seguridad social aprobó bajo la tutela del pacto de Toledo que se cambiaban los requisitos de este tipo siendo estos de 61 años y 30 años de cotización. Bien el cambio se iría realizando poco a poco incrementándose progresivamente los años de cotización desde este año al 2025 (si no recuerdo mal) en el cual ya quedaría fijado con los datos que di. Pues bien se han cargado el tiempo de transición ahora se pide desde ya esos 61 años y esos 30 de cotización.  Eso si la seguridad sigue sin respirar, yo pienso y es opinión personal que todavía no saben por dónde les están llegando los golpes. Esperemos que respondan en breve, ya que hay que recordar que para algo se creó el “pacto de Toledo”. Y por último y eso si que lo han hecho sin mirar es el famoso “cheque bebe” esos 2500 euritos que les daban a las personas que acababan de tener un hijo o hija y que cumpliesen los requisitos mínimos de ser español o tener tarjeta de residencia española con una determinada antigüedad. Pues chicas olvidaros de ese cheque. Que si no hay nada que lo impida al final de año pasará a la historia.  Bueno realimente no sacaba de mucho ese cheque a las familias pero si era una vía de agua para las arcas del estado. Y ya para rizar el rizo a los funcionarios se les reduce un 5% su sueldo. Bien hablamos que muchos funcionarios tienen congelados sus sueldos desde hace 10 años algunos de ellos. Y muchos cuando hablamos de funcionarios siempre nos imaginamos a esos que no dan ni el golpe y que ganan mucho dinero. Pero ni mucho más lejos de la realidad hay muchísimo funcionario que tiene un sueldo por debajo de esos famosos 1000 euros y que la única suerte  que tienen es tener asegurado el sueldo. Pero os habéis fijado que un funcionario es también  un profesor, un policía, un bombero, un guardia civil (la que les ha caído a estos entre recorte de sueldo y las restricciones en presupuesto dentro de poco veremos a los de tráfico haciendo  sus funciones en patinetes y con tirachinas al estilo de los chistes de mortadelo). Pero bueno muchos pensarán “que se jodan” otros dirán “ya lo que les faltaba”. Y lo curioso del tema es que los sindicatos gritan “a la huelgaaaaa!!!!” pero donde narices estaban cuando los empresarios ahogados por los créditos y deudas muchos dejaban de pagar para poder pagar a sus empleados. ¿Dónde estaban?¿Por qué ahora si alzan el grito?¿Que intereses ocultos los mueven?(como siempre tarde mal). La verdad es para pensarlo muy mucho. Aparte que si se va a la huelga los funcionarios  si que le hacen un gran favor al estado. Para los que no lo sepan cuando un trabajador hace una huelga ese día que no trabaja para ejercer su derecho de huelga, no lo cobra y tampoco cotizan a la seguridad social, pero lo más importante llevado a los funcionarios, os imagináis cuánto dinero se ahorra el estado con una huelga de los funcionarios. Pues parece una tontería pero unos cuantos euros… Aparte del perjuicio en muchos aspectos a los ciudadanos. Merece la pena ir a la huelga?. Hay otros tipos de huelga como por ejemplo a la japonesa que suele hacer mucho más daño. Pero claro que esta es una humilde opinión de un currante de la calle que soy yo. Vosotros a partir de aquí, pensad, e utilizar esa gran imaginación de la cual disponemos. Espero no haberos aburrido mucho. Os espero pronto con otro tema ……

martes, 30 de marzo de 2010

Consejos para un buen currículum

Hoy en día es muy importante y sobre todo con la crisis que tenemos encima encontrar un trabajo es muy complicado, por no decir que una tarea casi al estilo de los antiguos buscadores de oro que se veían en las películas del oeste. Aparte la gente que tiene un puesto de trabajo son a mi forma de ver “héroes” resistiendo como los últimos de Filipinas (aguantando muchas veces abusos por parte de las empresas). Pero en esta entrada vamos a fijarnos en cómo realizar un currículum por lo menos para que sea coherente y que se tenga posibilidades de que nos llamen a realizar una entrevista de trabajo. OJO!!!  Estos son solo algunos consejos, de los muchos que se pueden dar para realizar un currículum que no sea un bardal. Yo doy aquí algunos consejos, pero si buscas en google(o cualquier otro) hay muchos tutoriales que incluso aportan modelos. Con estos consejos por lo menos el currículum tendrá una buena presencia. Pero ya se sabe que muchas veces incluso dependemos de si la empresa tiene o no un buen departamento de recursos humanos. A continuación os pongo algunos consejillos, espero que os sean de utilidad:


  • Hay que cuidar el orden en el cual se presentan los distintos datos(ponerlos de una manera estructurada). Los más esenciales y a la par importantes son el nombre, apellidos(parece obvio pero hay que ponerlo)  y  datos de contacto(dirección, teléfono, y ahora también dirección de correo electrónico), el DNI lo podemos dejar como un dato opcional. (hay un dato que es el estado civil que depende de la empresa lo tienen encuentra o no, pero eso si pasa el filtro de la selección de currículum ya te lo preguntarán).
  • Después, explicar de forma clara la formación y experiencia profesional. Esto hay que hacerlo  en orden cronológico desde el más reciente al más antiguo (es lo más recomendable).
  • A día de hoy aparte también hay que incluir conocimientos en áreas como la informática(es mejor no adornar estos apartados que es muy fácil que te pillen en un renuncio si los falseas).
  • Con la entrada en Europa los idiomas se hacen cada vez más imprescindibles así que hay que ponerlos(si no tienes conocimientos no te preocupes que esto no lo piden en todas las empresas).
  • No olvidar poner  al final del currículum la disponibilidad. Y esto ya es opcional pero no está de mas el ponerlo lo que puedes aportar a la empresa (ojo cosas reales que nadie es Indiana Jones o McGuiver y si lo eres Genial!!! Pero la realidad es que somos simples currantes).
  • Un factor importante a tener en cuenta es que hay que cuidar el lenguaje técnico a la hora de la elaboración del currículum por favor no utilizar un lenguaje recargado. Esto es por que el  uso de palabras o términos demasiado técnicos o rebuscados puede dar lugar a confusiones y por ende generar malas impresiones. Pensemos que muchas veces la persona que lee nuestro currículum puede que no conozca o esté muy familiarizado con esos términos.
  • Mucho ojito con la ortografía y la redacción sintáctica. Esto puede generar una sensación de falta de orden y cuidado. Claro está que esto NO nos interesa. En muchas empresas no perdonan una falta ortográfica pasando nuestro currículum a la trituradora de papel.
  • No fantasear a la hora de poner los datos del currículum. Hay que tener en cuenta que si llegamos a la entrevista, seguro que tendrás que explicar muchas de las cosas que has puesto en el currículum por lo tanto hay que intentar ser lo más sinceros posibles. Y no abusar a la hora de poner mucha información debido a que si se pone mucho pues puede generar agobio en la persona que lee tu currículum. Se trata de trabajar en la empresa no de acrecentar el estrés de la persona de selección.
  • La información debe ser actual, revisa si hace falta 3 o 4 veces el currículum antes de darle al botón de impresión.
  • Otro factor importante es intentar  no sobrepasar la extensión de una o dos páginas como máximo. Un currículum muy largo puede aburrir a la persona que lo lea o no gustar. Si no puedes reducirlo no pasa nada, pero es importante la brevedad y ser precisos.
  • Poner una foto en el currículum no es importante, ojo no os confundáis que no sea importante no significa que no sea recomendable. Hay gente que no se siente cómoda poniendo su foto, pero la verdad que una foto actual (evitar poner esa foto de hace 4 años de verano que uno se veía monísimo o monísima) ayuda mucho al seleccionador para que se haga una idea de la persona.
  • La presentación del currículum en papel  es importante. Me explico, intenta usar un papel de calidad, intenta no usar esos papeles de colores que se ven a veces que son muy monos para llamar la atención, pero a la hora de leer un currículum se vuelve una misión realmente muy complicada por el efecto de las letras sobre la visual(Ese papel de coloritos déjalo para cuando te den el trabajo y quieras celebrar la fiesta con tus amigos/as). Así pues usa papel blanco y una letra que no sea demasiado grande, ni demasiado pequeña. Yo recomiendo un tamaño de 12 y una letra tipo Times New Roman o Arial, que son las más fáciles de leer. Aparte no recargues mucho el texto abusando de la cursiva o la negrita. Claridad ante todo.
Existen muchas maneras de presentar un buen currículum y estos consejos o algunos de ellos los habrás podido leer en muchos sitios(páginas de ayuda laboral, consejos en ETT´s , etc), pero es lo más básico para poder hacer un currículum que nos lo lean. Por cierto otro tema es como hacer una entrevista de trabajo, eso lo dejo para una próxima entrada(debido a que es un tema muy complejo. Intentaré hacer un resumen)

Cuidados del Bonsai

Me han pasado una dirección para los aficionados al mundo del bonsai. La verdad tiene cosas muy curiosas y explica muy bien muchos aspectos de una manera clara y concisa, No voy a enrollarme con este tema ya que es mejor que lo comprobeis vosotros mismos, dejo el enlace a continuación,  http://alfredobc.blogspot.com/

miércoles, 10 de marzo de 2010

Jubilacion Ordinaria

     Bueno volvemos otra vez con la jubilación. Y ¿que es la prestación por jubilación o lo que vulgarmente llamamos pensión de jubilación?. Bueno la respuesta es Cuándo el trabajador llega a cierta edad marcada por el gobierno, deja de trabajar y pone fin así a su vida laboral. Lógicamente por ello se sufre una merma de ingresos y para cubrir esta singularidad el Sistema protector de la Seguridad social dispone de una herramienta llamada Prestación contributiva de jubilación, ya bien sea en su modalidad dentro del Régimen general, o en los Regímenes especiales.

Dentro de todas las modalidades que tiene dicha prestación, tan solo nos centraremos hoy en la Jubilación ordinaria:

Beneficiarios:

     Las personas incluidas en el Régimen general,afiliadas y en alta o en situación asimilada a la de alta. Estas deberán reunir las condiciones de edad, un período mínimo de cotización  y que el hecho causante,sea el legalmente establecido. (Las situaciones asimiladas a la de alta las podéis encontrar pinchando aquí).

Requisitos:


Aquí quiero hacer una matización, a la hora de hacer esta entrada de blog, todavía no aparece nada sobre la nueva jubilación a los 67 años, así que me ciño a la regla general:

Tener cumplidos 65 años de edad. Este requisito será exigible, en todo caso, cuando se acceda a la pensión sin estar en alta o en situación asimilada a la de alta.

También hay excepciones a la regla:

La edad mínima puede ser rebajada o anticipada, sólo para trabajadores en alta o en situación asimilada a la de alta, en determinados supuestos especiales:
  • Jubilación anticipada a partir de los 60 años por tener la condición de mutualista.
  • Jubilación anticipada a partir de los 61 años sin tener la condición de mutualista.
  • Jubilación parcial.
  • Jubilación especial a los 64 años.
  • Jubilación del personal del Estatuto Minero, personal de vuelo de trabajos aéreos, ferroviarios, artistas, profesionales taurinos, bomberos y miembros del cuerpo de la Ertzaintza.
  • Jubilación flexible.
  • Jubilación de trabajadores afectados por una discapacidad igual o superior al 45% o al 65%.
Aparte indicar que  en ningún caso, la aplicación de los coeficientes reductores de la edad dará lugar a que el interesado pueda acceder a la pensión de jubilación con una edad inferior a 52 años; esta limitación no afectará a los trabajadores de los regímenes especiales (de la Minería del Carbón y Trabajadores del Mar) que, en 01-01-08, tuviesen reconocidos coeficientes reductores de la edad de jubilación, a los que se aplicará la normativa anterior.

Trabajadores en situación de alta o asimilada:

  •  Período de cotización genérico: 15 años (5.475 días).
  •  Período de cotización específico: 2 años deberán estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho o a la fecha en que cesó la obligación de cotizar, si se accede a la pensión de jubilación desde una situación de alta o asimilada, sin obligación de cotizar.
Trabajadores en situación de no alta ni asimilada:

  •  Período de cotización genérico: 15 años.
  •  Período de cotización específico: 2 años deberán estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho.

A efectos de acreditar el período mínimo de cotización:

  •  Sólo se computan las cotizaciones efectivamente realizadas o las asimiladas a ellas legal o reglamentariamente.
  •  No se tendrá en cuenta la parte proporcional correspondiente por pagas extraordinarias.

Marchando una de Jubilación


Jubilación, la palabra más de moda últimamente gracias a la propuesta del gobierno en ciernes para hacer que esta para el 2025 esté en los 67 años. Dicho de otra manera que como la cosa siga así, veremos si acabamos jubilándonos a los 90 años(el que llegue).... Bueno aparte de esta pequeña ironia, todo el mundo se ha preguntado alguna vez - ¿Y como se cuanto me corresponde de jubilación?, ¿Tengo derecho a prestación de jubilación? - Son preguntas que alguna vez nos hemos planteado y claro está, a medida que pasa el tiempo y nos hacemos mayores nos repetimos con mayor frecuencia. Es curioso como en más de una revista económica a nivel internacional, con sus fastuosos y caros cuadros estadisticos, ha demostrado que una de las mayores obsesiones de los españoles es la "jubilación". Pero bueno volviendo al tema que nos atañe. En la página web de la seguridad social hay un programa que es muy muy fácil de uso y que no necesita de certificado digital para usarlo que se llama "Auto Calculo de la Jubilación" (si pinchais sobre el nombre os lo podeis bajar directamente, de su página web). Las instrucciones de uso las podemos encontrar también en dicha página www.seg-social.es. O Pinchando sobre el siguiente link: Documentación Autocalculo.  Bueno en breve hablaré sobre los distintos tipos de jubilación, por ahora este pequeño aperitivo para que os podaís calcular vuestra jubilación.

miércoles, 3 de marzo de 2010

próxima apertura del Foro

Bien uno de los asuntos pendientes que tengo para incorporar en el blog es la incorporación de un foro, donde la gente pueda comentar y pedir ayuda, dar sugerencias...En breve estará disponible. Estoy últimando los detalles y aparte por falta de tiempo en breve públicare 2 nuevos asuntos de lo laboral y 1 de truquillos para que nos podamos defender un poco más con las windows. Un saludo.

domingo, 14 de febrero de 2010

Revalorización de las pensiones

Bueno después del gran susto que nos han dado  los gobernantes con otro de sus ya famosos "globos sonda" en la que proponian el subir los años desde los 65 años actuales, hasta los 67 años,. Ahora nos toca poner otra vez los pies sobre la tierra después del maremagnum de noticias que fueron allí y allá creando un malestar  entre las personas que estaban a punto de jubilarse o bien les falta ya realemente poquito Y... al aterrizar pues como es lógico nos encontramos con la revalorización que toca para este año de las pensiones. Aquí no voy a profundizar en como aplicar dicho recalculo, solo mentaré los incrementos a destacar. Eso sí, que no extrañe a nadie que un día me dé por públicar mi manera de como hacer los calculos, pero por ahora en la página web de la Seguridad Social, tienen una herramienta informática, para que cada cuál pueda hacerse una composición de como le queda su jubilación (según dicen ellos en la página, la aplicación es meramente orientativa). Yo expongo ahora solo los incrementos que son los que se han citado  en el R.D 2007/2009, del 23 de diciembre, sobrerevalorización de las pensiones del sistema de la seguridad social y de otras prestaciones sociales públicas para el ejercicio 2010.

El crecimiento negativo de la economía también se ha notado en la revalorización de las pensiones. Con un carácter general sólo se incrementaran en un 1 % para una gran mayoria de los pensionistas. Aún así la nota a destacar, tenemos que hay tambien subidas entre el 2% y el 5,5 % en las pensiones mínimas, sobre todo para jubilados mayores de 65 años Viudos/as. Por ello cito a continuación la relación de los porcentajes que hay que destacar este año y son:

Incremento Gral.1%
Incapacidad Permanente y Jubilación : Entre el  2% y el 4,86 %
Viudedad :    Entre el  2% y el 4,86 %
Pensiones SOVI2% 

Limites máximo de la pensión para su revalorización :  2466,20 €/mes
Pensión de jubilación e invalidez (no contributivas): 4755,80 €/mes

Por ahora estos son los datos más destacables que se publica en la página de la Seguridad social

jueves, 11 de febrero de 2010

Salario Mínimo Interprofesional (SMI)

Bueno por ahora os dire que se publicó el día 30 de Diciembre de 2009 en el R.D 2030/2009 el nuevo salario mínimo interprofesional para el año 2010.  Como es lógico esto se hace en cumplimiento del mandato al gobierno para fijar anualmente el salario mínimo, que está contenido en el art. 27.1 de la ley del estatuto de los trabajadores. Las nuevas cuantias deberían estar vigentes desde el 1 de enero del 2010, tanto para los trabajadores fijos como para los eventuales o temporeros, así como para el personal al servicio del hogar.

  Las nuevas cuantias, representan un 1,5% respecto a las anteriores del 2009, y son el resultado de tomar en consideración todos los factores contemplados de forma conjunta en el art.27.1 del E.T(estatuto del trabajador).

Asi que tenemos que el artículo 1 de dicho Real Decreto, se cita la cuantia.:
"Art.1: El salario mínimo para cualesquiera actividades en la agricultura, en la industria y en los servicios, sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores, queda fijado en 21,11 €/día o, 633,30 €/mes según que el salario esté fijado por días o por meses. 
     En el salario mínimo se comutan tanto la retribución en dinero como en especie. Este salario se entiende referido a la jornada legal de trabajo en cada actividad, sin incluir en el caso del salario diario laparte proporcional de los domingos y festivos. Si se realizase jornada infferior se percibirá a prorrata....."

Sorry!!!!

Hola amigos me tendreís que perdonar por no haber escrito nada en el blog en tanto tiempo, después de que prometí escribir a díario un tema. Bueno os pido perdón por este motivo, debido a que los estudios me han tenido muy muy muy pero que muy ocupado. Espero pronto poder escribir algo de todo lo que prometí, un saludo y felices días.